Satisfacciones sustitutivas y compensatorias

Por: González Zavala, Rodolfo MTipo de material: ArtículoArtículoDescripción: p. 38-45Tema(s): DAÑO | DAÑO MORAL | PROTECCION DEL CONSUMIDOR | INDEMNIZACION | COMPENSACION | JURISPRUDENCIA | CODIGO CIVIL Y COMERCIAL En: En: Código Civil y Comercial Año 2, N°10 (nov. 2016)Resumen: Hacer las cosas de manera diferente. Los fundamentos no dicen mucho. El daño moral se puede y se debe indemnizar con dinero. No es una concesión judicial potestativa o graciosa. El dinero funciona aquí como un paliativo. El daño moral no se cuantifica, se cuantifica la satisfacción. Desagregar componentes. Un "activo intento" para "mitigar" el daño moral. Indemnizaciones "en serio". Hay que hablar de dinero. Individualizar la satisfacción proporcional (y después cuantificarla). Preguntas concretas. Satisfacciones satisfactorias. Si todo aumenta, las indemnizaciones deben aumentar. Entregar dinero por daño moral genera enriquecimiento. La víctima se enriquece aunque no lo quiera. ¿Qué quiere la víctima de un daño moral? La culpa y el dolor inciden en el monto por daño moral. Aversión a los números. Las satisfacciones condicionan las soluciones futuras. Ensayo y error. No a los fundamentos intercambiables. Los abogados tenemos mucho para aportar. ¿Por qué al final? Hacia la elaboración de esquemas orientativos. ¿Valor histórico o actual? ¿Desde cuándo corren los intereses? ¿Qué taza aplicar para el daño moral indemnizado con valores actuales? Los intereses ya devengados no deben influir en el capital. No interesa qué haga la víctima con el dinero. ¿Cuánto inciden las condiciones de la víctima? Infelicidad, felicidad y discrecionalidad.
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34 HD | Caja rev. Código civil y comercial El contenido de la indemnización: el art. 1738 del CCyC 34 HD | Caja rev. Código civil y comercial La obligación de la evaluación objetiva en la determinación de indemnizaciones resarcitorias por daños a la persona. 34 HD | Caja rev. Código civil y comercial La cuantificación de daños en caso de muerte de personas con trabajo en el mercado informal 34 HD | Caja rev. Código civil y comercial Satisfacciones sustitutivas y compensatorias 34 HD | Caja rev. Código civil y comercial Análisis matemático y jurídico de la fórmula para calcular la reparación por incapacidad (art. 1746 CCCN) 34 HD | Caja rev. Código civil y comercial El daño a la persona. Valoración y cuantificación 34 HD | Caja rev. Código civil y comercial La incapacidad sobreviniente en el Código Civil y Comercial

Hacer las cosas de manera diferente. Los fundamentos no dicen mucho. El daño moral se puede y se debe indemnizar con dinero. No es una concesión judicial potestativa o graciosa. El dinero funciona aquí como un paliativo. El daño moral no se cuantifica, se cuantifica la satisfacción. Desagregar componentes. Un "activo intento" para "mitigar" el daño moral. Indemnizaciones "en serio". Hay que hablar de dinero. Individualizar la satisfacción proporcional (y después cuantificarla). Preguntas concretas. Satisfacciones satisfactorias. Si todo aumenta, las indemnizaciones deben aumentar. Entregar dinero por daño moral genera enriquecimiento. La víctima se enriquece aunque no lo quiera. ¿Qué quiere la víctima de un daño moral? La culpa y el dolor inciden en el monto por daño moral. Aversión a los números. Las satisfacciones condicionan las soluciones futuras. Ensayo y error. No a los fundamentos intercambiables. Los abogados tenemos mucho para aportar. ¿Por qué al final? Hacia la elaboración de esquemas orientativos. ¿Valor histórico o actual? ¿Desde cuándo corren los intereses? ¿Qué taza aplicar para el daño moral indemnizado con valores actuales? Los intereses ya devengados no deben influir en el capital. No interesa qué haga la víctima con el dinero. ¿Cuánto inciden las condiciones de la víctima? Infelicidad, felicidad y discrecionalidad.

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